¿A qué régimen de impuestos debo de inscribirme en Guatemala?

Cuando vamos a iniciar un negocio o empresa nos entran dudas sobre multitud de temas, como a qué régimen de impuestos debo de inscribirme en Guatemala.

a qué régimen de impuestos debo de inscribirme en Guatemala de manera correcta en la SAT

Por eso en este artículo te vamos a detallar a cuál debes de inscribirte de manera correcta y las condiciones que existen para ello, es importante saber calcular y pagar nuestros impuestos.

Para tener una aclaración sobre el porcentaje de impuestos que se debe de recoger y pagar en Guatemala, te dejo la guía del IVA para que puedas conocer todos los detalles sobre el impuesto más importante.

Nuestra obligación como comerciante

Una de las obligaciones que tenemos como comerciante o empresario es facturar todas nuestras ventas y realizar el cobro del impuesto perteneciente a dichas ventas en el momento de que el cliente realiza el pago.

Posteriormente con ese impuesto recogido del cliente, tenemos que ingresarlo en la SAT a través de la declaración de IVA que debemos de realizar mensualmente.

Este impuesto puede tener un porcentaje diferente dependiendo de a qué régimen estemos obligados a inscribirnos y según la actividad económica, así que sigue leyendo para conocer todos los detalles.

que régimen de impuestos tiene que tener un comercio en Guatemala y como hacerlo en la SAT

¿A qué régimen de impuestos tengo que inscribirme?

Los impuestos se deben de declarar según el régimen al que debemos de inscribirnos, el más común es el IVA (Impuesto al Valor Agregado).

Para conocer que porcentaje debemos de aplicar en nuestras facturas es necesario saber los ingresos anuales de nuestro negocio donde principalmente se dividirá en dos tramos, el primero es si las ventas de bienes o servicios no superan los Q150.000 al año o si los superan.

Al régimen que te debes de inscribir es al siguiente:

  • Ingresos anuales de menos de Q150.000:
    • Régimen de pequeño contribuyente y el IVA será del 5%.
    • Régimen electrónico de pequeño contribuyente y el IVA será del 4% si utilizas los sistemas y herramientas digitales de la SAT.
  • Ingresos anuales de más de Q150.000:
    • Régimen general de IVA y el porcentaje será del 12%.

Estos son los regímenes que existen a los que debes de inscribir, en caso de que no lo realices correctamente, la SAT puede generar omisos e incluso multas por no asociarte al régimen correspondiente.

Aunque el régimen general tiene un porcentaje más alto cabe destacar que en la declaración también registramos las operaciones de compra con el IVA correspondiente y el resultado será de la resta del IVA de las ventas menos el IVA de las compras, que como pequeño contribuyente no puedes hacer.

No olvides presentar tus impuestos con valor 0 aunque un mes no hayas facturado nada.

El gobierno de Guatemala ha puesto a disposición de los ciudadanos algunas herramientas para realizar estas operaciones en línea, desde el portal Declaraguate tienes la opción de presentar múltiples impuestos y pagarlos a través de tu banco.

Régimen del Impuesto sobre la Renta

El Impuesto sobre la Renta se deriva de las ganancias que obtiene una persona o empresa de las ventas de bienes o prestaciones de servicios descontando todos los gastos derivados de la venta.

Este impuesto se paga por cualquier tipo de renta que lo genere, como pueden ser rentas del trabajo, rentas de capital, rentas de activos inmobiliarios, rentas obtenidas de herencias, etc.

cambiar de régimen fiscal ante la SAT en Guatemala

¿Cómo cambiar de régimen de IVA ante la SAT?

Si por ejemplo estamos inscritos en el régimen de pequeño contribuyente y realizamos ventas por más de Q150.000 en el año, tenemos la obligación de notificar a la SAT que vamos a cambiar al régimen general de IVA.

Este cambio lo debemos de realizar nosotros manualmente, en ningún momento la SAT nos realizará el cambio automáticamente, así que tenemos que estar atentos y modificar nuestro régimen para no ser multados.

Antes de que acabe el nuevo año tenemos que cambiar de régimen y empezar a aplicar el porcentaje correspondiente de IVA el nuevo año.

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